La alta corte ratificó la validez del proceso electoral que llevó a Leonardo Maldonado Sánchez a la Alcaldía de Palocabildo (Tolima) y negó la acción de tutela presentada por Mayer Aguirre Téllez, quien alegaba irregularidades en el conteo de votos tras la quema de material electoral en 2023.
El Consejo de Estado, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Segunda, Subsección B, confirmó la decisión que negó la acción de tutela interpuesta por Mayer Augusto Aguirre Téllez, quien buscaba anular la elección del actual alcalde de Palocabildo, Tolima, Leonardo Maldonado Sánchez, elegido para el periodo 2024–2027.
La tutela presentada por Aguirre argumentaba presuntas vulneraciones al debido proceso y errores en la valoración de las pruebas dentro del fallo emitido por la Sección Quinta del Consejo de Estado, que previamente había ratificado la validez de los comicios municipales realizados en octubre de 2023.
Durante dichas elecciones, el municipio de Palocabildo vivió una jornada tensa marcada por actos de violencia que terminaron con la quema de documentos electorales en el lugar donde se realizaba el escrutinio. El hecho generó incertidumbre entre las campañas y motivó una disputa jurídica que se ha prolongado por casi un año.
De acuerdo con los registros oficiales, Mayer Aguirre obtuvo 2.772 votos frente a los 2.680 de Leonardo Maldonado en el preconteo. Sin embargo, tras la verificación del escrutinio, el resultado final dio la victoria a Maldonado por una diferencia de ocho sufragios, lo que llevó a Aguirre a interponer una demanda de nulidad electoral alegando que la pérdida de material físico impedía garantizar la transparencia del proceso.
El consejero ponente, Juan Enrique Bedoya Escobar, determinó que no se configuraron los defectos alegados por el demandante y que las pruebas conservadas por la Registraduría —como los formularios E-14 y los registros digitales— mantenían plena validez, al no presentar tachaduras, enmendaduras ni inconsistencias aritméticas.
El fallo resalta que la destrucción parcial del material electoral no tuvo el peso suficiente para afectar la voluntad popular, pues existían medios probatorios que confirmaban la autenticidad de los resultados. En ese sentido, el Consejo de Estado aplicó el principio de eficacia del voto, que protege la expresión legítima del electorado frente a hechos aislados de alteración del orden público.
Con esta decisión, el alto tribunal pone fin —por ahora— a una disputa que había mantenido dividida a la comunidad política de Palocabildo. La sentencia reafirma la estabilidad institucional del municipio y consolida el mandato de Leonardo Maldonado Sánchez, quien asumió la Alcaldía en enero de 2024.
Por su parte, Mayer Aguirre Téllez anunció que evaluará la posibilidad de acudir a instancias internacionales o a mecanismos de control excepcional, mientras sectores locales llaman a cerrar filas en torno a la gobernabilidad y el respeto por los fallos judiciales que garantizan la transparencia del sistema democrático.































