Categoria Local

Publicado Jun 1, 2020

Atención ¡entérese de lo que no está permitido durante el aislamiento preventivo

•       Eventos públicos o privados con aglomeración de personas

•       Bares, discotecas, juegos de azar y apuestas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video

•       Restaurantes únicamente con servicio a domicilio

•       Gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, polideportivos, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles.

•       Cines y teatros

Entre las medidas de distanciamiento físico en establecimientos y centros comerciales, se encuentran:

•       Implementar el servicio mediante cita previa

•       Uso hasta del 30% de la capacidad de los elevadores

•       Máximo el 30% de la capacidad de ocupación de los centros comerciales, incluido sus locales

•       Realizar controles en la entrada para evitar filas

•       Establecer en la entrada del establecimiento el aforo correspondiente de clientes el cual no podrá superar el 30%

Para el desarrollo de las actividades económicas y evitando la aglomeración en el sistema de transporte público, se establecieron horarios de funcionamiento:

•       Mantenimiento y reparación de vehículos y sistema financiero: De 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

•       Papelerías y CDA: De 9:00 a.m. a 6:00 p.m.

•       Centros comerciales: De 9:00 a.m. a 9:00 p.m.

•       Comercio en general: De 9:0 a.m. a 6:00 p.m.

•       Supermercados, veterinarias, farmacias y panaderías: De 6:00 a.m. a 8:00 p.m.

•       Servicios de urgencia: 24 horas.

ElCorrillo.Co

Profesional en comunicación social