La sanción fue emitida por el Juzgado Séptimo Civil Municipal debido al incumplimiento de una orden judicial relacionada con un proceso en la corregiduría de Totumo. El arresto deberá cumplirse en las instalaciones del comando de Policía del Tolima y se suma una multa económica.
El Juzgado Séptimo Civil Municipal de Ibagué ordenó este 15 de julio una sanción de arresto por dos días contra la alcaldesa Johana Ximena Aranda Rivera por desacato a una tutela, fallo que también incluye una multa equivalente a dos salarios mínimos legales vigentes. La medida deberá cumplirse en las instalaciones del comando de la Policía del Tolima.
La decisión judicial fue tomada tras comprobar que el secretario de Gobierno de la ciudad, Leandro Vera Rojas, incurrió en desacato al no cumplir con lo ordenado por el Juzgado Sexto Civil del Circuito en segunda instancia, dentro de un proceso relacionado con el corregimiento de Totumo. Por esta razón, la sanción también recae sobre la mandataria como superior jerárquica.
El proceso tuvo origen en una tutela interpuesta por el ciudadano Hernando Ibarra Gómez, quien alegó violación a su derecho al debido proceso. La acción estaba relacionada con un procedimiento de desalojo en Totumo, el cual fue llevado a cabo mientras el corregidor titular, Hermes Zapata, se encontraba de vacaciones.
De acuerdo con lo presentado en el expediente, la administración municipal no acató debidamente la orden del juez, pese a las notificaciones y requerimientos que se hicieron desde el pasado mes de mayo. La providencia del 10 de julio decretó las pruebas presentadas por las partes, concluyendo que existía un incumplimiento persistente.
El juzgado precisó que la sanción por desacato es un mecanismo de presión judicial para garantizar el cumplimiento de los fallos de tutela, que tienen carácter inmediato y obligatorio. Se recordó que no actuar frente a una orden judicial pone en riesgo el orden constitucional y vulnera derechos fundamentales.
En el caso concreto, el despacho encontró que, pese a las respuestas enviadas por la Alcaldía de Ibagué, el incumplimiento persistía, razón por la cual se resolvió imponer la sanción de arresto a la mandataria local. El documento también ordena notificar la decisión a las partes y consultar al superior jerárquico, como lo establece el decreto 2591 de 1991.
Según el abogado Néstor Mora, quien representa al accionante, el procedimiento de desalojo que motivó la tutela fue realizado de manera irregular. Por ello, se prepara una nueva acción jurídica contra la administración municipal por violación de procedimientos y derechos.
El juzgado dejó claro que la medida de arresto no tiene efecto suspensivo y debe cumplirse inmediatamente. También se instruyó consignar la multa en la cuenta bancaria del Banco Agrario de Colombia asignada para el recaudo de sanciones judiciales.
Esta es la segunda vez en el presente periodo que se impone una medida de este tipo contra un alto funcionario de la Alcaldía de Ibagué, lo cual evidencia posibles fallas en el cumplimiento de decisiones judiciales y en la supervisión de actuaciones administrativas sensibles.
Finalmente, esta situación plantea nuevos retos para la administración municipal, tanto en materia legal como en la credibilidad institucional, pues los señalamientos por desacato debilitan la confianza ciudadana y ponen en entredicho el respeto por el orden jurídico en la gestión pública.































