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Publicado Jun 7, 2020

Ojo¡¡¡ nuevo plazo para el pago de Impuesto Predial e Industria y Comercio en Ibagué

A través del Decreto 1000-0312, la Alcaldía de Ibagué acoge y reglamenta el Decreto Legislativo 678 de 2020, por medio del cual el Gobierno Nacional establece medidas para la gestión tributaria, financiera y presupuestal de las entidades territoriales, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica por la pandemia del Coronavirus.

Las nuevas medidas, permitirán aliviar significativamente la carga tributaria y la morosidad de los ciudadanos, mitigar los impactos financieros de la emergencia sanitaria, reactivar la economía y brindar liquidez suficiente para atender las necesidades de las comunidades vulnerables.

Beneficios vigencia 2020

Estos alivios consisten en *diferir hasta en once (11) cuotas* el pago de las obligaciones tributarias correspondientes a Impuesto Predial e Industria y Comercio. Este beneficio aplicará para los tributos que no se encuentren vencidos y que correspondan al año corriente 2020. Los contribuyentes que se acojan al beneficio deberán realizar el primer pago antes del primero de julio, *finalizando en junio del 2021*. No obstante, quienes deseen cancelar esta obligación durante la vigencia actual, podrán solicitarlo ante la Secretaría de Hacienda Municipal.

Beneficios vigencias año 2019 y anteriores

Alivios a deudores morosos otorgando un descuento de la *totalidad de intereses y sanciones, más un 20 % del capital adeudado* de acuerdo a la fecha se acojan al beneficio.

Las fechas establecidas son:

• Hasta el 31 de octubre de 2020 se pagará el 80 % del capital sin intereses ni sanciones.

• Entre el primero de noviembre y hasta el 31 diciembre del 2020 se pagará el 90 % del capital sin intereses ni sanciones.

• Entre el primero de enero y hasta el 31 de mayo de 2021 se pagará el 100 % del capital sin intereses ni sanciones.

Estos beneficios van dirigidos a los deudores, contribuyentes, responsables, agentes retenedores y demás obligados que tengan deudas de impuestos, tasas, contribuciones y multas con el Municipio.

*¿Qué impuestos, tasas, contribuciones y multas cobija el beneficio? *

-Impuesto de Industria y Comercio

-Impuesto de Avisos y Tableros

-Impuesto Predial

-Impuesto de delineación urbana

-Impuesto de Espectáculos Públicos

-Impuesto al Degüello de Ganado Menor

-Impuesto de publicidad exterior visual

-Impuesto de Circulación de Tránsito de vehículos de Servicio Público

-Impuesto de alumbrado público

-Sobretasa a la gasolina

-Sobretasa Bomberil

-Estampillas

-Multas por Infracciones a la normatividad de Tránsito y Transporte

-Multas de Policía

-Multas urbanísticas

-Multas en general

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