Con el alcalde de Melgar, ya son tres los mandatarios que pierde la batalla jurídica en el Consejo de Estado, se suman los mandatarios de Prado y Coyaima.
En sentencia del 13 de febrero se revocó la decisión del Tribunal Administrativo del Tolima y se accedió a confirmar la doble militancia de este mandatario local.
El Consejo de Estado revocó la decisión del Tribunal Administrativo del Tolima que en primera instancia había negado las pretensiones de Brandon Maifredy Alexander Parra y Javier Giovann Hormanza frente a una demanda de nulidad electoral por doble militancia del alcalde del municipio de Melgar, Rodrigo Hernández.
Según los demandantes, Rodrigo Hernández Lozano fue candidato y resultó elegido como alcalde del municipio de Melgar para las elecciones de autoridades regionales realizadas el 29 de octubre de 2023, por la coalición entre los Partidos Alianza Democrática Amplia (ADA), Cambio Radical, Mira, Autoridades Indígenas de Colombia (AICO) y Conservador Colombiano, esta última que le otorgó el aval.
“Durante la campaña electoral, el demandado invitó a la ciudadanía a votar por Fredy Alexander Mur Tarazona, para la Asamblea Departamental del Tolima, inscrito con el aval de los Partidos Cambio Radical y ADA y, este, a su vez, apoyó la candidatura de Rodrigo Hernández Lozano”, relataron los demandantes.
Adujeron que, si bien los Partidos Cambio Radical y ADA le dieron «coaval» al demandado para aspirar a la alcaldía, el Partido Conservador tenía candidatos propios para la Asamblea Departamental del Tolima, por lo que no le era permitido manifestar apoyo públicamente a Fredy Alexander Mur Tarazona”, argumentaron.
Ante este panorama el alcalde del municipio de Melgar, Rodrigo Hernández, incurrió en la causal de nulidad de doble militancia en la modalidad de apoyo, pues si bien manifestó respaldo a Abel Otálora Arias, candidato inscrito a la Asamblea Departamental del Tolima por el Partido Conservador Colombiano, también expresó apoyo a Fredy Alexander Mur Tarazona, quien pertenece a otra colectividad, lo que fue confirmado por parte de la sección Quinta del Consejo en fallo del 13 de febrero de 2024 con ponencia del magistrado Omar Joaquín Barreto Suarez.































