Categoria Actualidad

Publicado Jun 7, 2020

Por fin una salida para arrendatarios de locales comerciales

Ante cierre definitivo de algunos locales comerciales para el servicio de bares, restaurantes, y gimnasios entre otros, el Ministerio de Comercio mediante el decreto 797, dio vía libre de manera transitoria para la terminación unilateral de los contratos de arrendamiento en Colombia. Lo anterior ante la falta de acuerdo para el pago de los cánones de arriendo con los dueños de establecimientos comerciales.

El Ministerio de Comercio, José Manuel Restrepo, dijo que la medida regirá hasta el próximo 30 de agosto, y que se deberá pagar el valor correspondiente a un tercio de la cláusula penal pactada en el contrato.

“El decreto propone una fórmula equilibrada para que los arrendatarios de locales comerciales que llevan más de dos meses sin percibir ingresos y que no podrán abrir sus locales por la emergencia sanitaria, puedan terminar, de forma unilateral, sus contratos de arrendamiento, mediante el pago de una indemnización reducida”, aseguró Restrepo.

El decreto específica, “los arrendatarios puedan beneficiarse de la medida, será necesario estar al día con el pago de los cánones de arrendamiento, los servicios públicos causados y las demás obligaciones pecuniarias a su cargo”

La norma cobija a las siguientes actividades económicas: Bares, discotecas, billares, casinos, bingos y terminales de juego de video, gimnasios, piscinas, spa, sauna, turco, balnearios, canchas deportivas, parques de atracciones mecánicas y parques infantiles, servicios religiosos que impliquen aglomeraciones, alojamiento y servicios de comida, eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.

ElCorrillo.Co

Profesional en comunicación social