Un mejoramiento vial con fallas e inconsistencias, es donde se origina todo este problema que tiene a la gerencia del terminal en el ojo de huracán.
Rafael David Vásquez Henao, uno de los copropietario y comerciante en el Terminal de Transportes de Ibagué, a través de un comunicado informó que dicha entidad, a través de su gerente Juan David Torres Díaz, ha incumplido una orden judicial proferida por el Juzgado Séptimo Penal Municipal de Ibagué, dentro del proceso de tutela No. 73001-40-88-007-2025-00110-00.
티 origen de este proceso fue una solicitud de información presentada el 26 de marzo de 2025 al terminal de transportes de Ibagué, mediante derecho de petición. La entidad negó el acceso a la información solicitada, argumentando reserva comercial y protección de datos.
Esta negativa fue el motivo por el cual presentó acción de tutela, en defensa de su derecho fundamental de petición.
«티 Juzgado Séptimo Penal Municipal de Ibagué falló a mi favor el 23 de abril de 2025, ordenando al Terminal de Transportes de lbagué S.A. que respondiera de manera completa y adecuada la solicitud elevada mediante derecho de petición del 26 de marzo. El fallo fue notificado a las partes el 28 de abril y quedó en firme el 2 de mayo de 2025. Sin embargo, a la fecha, la entidad no ha cumplido con la orden judicial, lo que me llevó a presentar incidente de desacato el 7 de mayo de 2025». Dice el comunicado.
Y agrega:
«Solicito a los medios de comunicación su apoyo, seguimiento y atención a este caso, con el fin de promover el respeto por las decisiones judiciales y el cumplimiento de los derechos fundamentales. La participación activa de la prensa ayuda a que las instituciones rindan cuentasya que los ciudadanos puedan confiar en que sus solicitudes serán atendidas con responsabilidad y transparencia».
El denunciante identificó una serie de anomalías que confirman errores técnicos en las obras.
Es de recordar, que en otros proyectos auditados por la Contraloría, se detectaron estas irregularidades.
1. Presunto daño patrimonial
• Pagos por ítems no ejecutados en contratos de obra y consultoría.
2. Deficiencias constructivas
• Obras mal ejecutadas o inexistentes (ej. sumideros, canaletas, rejillas).
• Elementos facturados que no estaban en sitio.
3. Incumplimiento del RAS
• Las obras hidráulicas no cumplieron con el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico (RAS) por falta de estudios, planos y memorias de cálculo.
4. Falta de planeación técnica
• Contratos ejecutados sin estudios previos ni documentación técnica soportada.
5. Supervisión deficiente
• Interventores y supervisores validaron pagos sin verificar la ejecución real.
6. Reintegros por parte de contratistas
• Dos contratistas devolvieron parcialmente recursos, lo cual confirma pagos indebidos.
7. Contratación sin justificación suficiente
• Objeto contractual poco claro y documentación incompleta.
8. Negligencia administrativa
• Omisión en corregir deficiencias o prevenirlas, pese a antecedentes similares.
9. Rechazo de la competencia de la Contraloría
• El Terminal alegó ser mayoría privada, pero la Contraloría reafirmó su competencia por existir participación pública.
A la fecha, desde la gerencia del Terminal no se tiene ninguna respuesta, mientras tanto las inconsistencias en en mejoramiento vial del sector son evidentes.































