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Publicado May 12, 2025

Secretaría de Educación responde a Juez por sanción a la gobernadora

El Juzgado Segundo Penal Municipal de Chaparral impuso dos días de arresto domiciliario y multa económica a la mandataria Adriana Magaly Matiz, por incumplir una tutela que ordenaba el traslado de una docente rural, madre de dos hijas, a un entorno con mejor acceso a salud y educación.

Se trata de una sanción a la gobernadora del Tolima, Adriana Magaly Matiz, con arresto domiciliario por dos días y una multa equivalente a dos salarios mínimos, por desacatar una orden de tutela que protegía los derechos fundamentales de la docente Diana Magaly Muñiz Orjuela, adscrita al Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).

La decisión judicial fue emitida por el Juzgado Segundo Penal Municipal con función de garantías y conocimiento de Chaparral, a cargo del juez Álvaro Piedrahíta. Esta acción se derivó del incumplimiento parcial de un fallo de tutela que ordenaba el traslado urgente de la docente a una institución educativa en la zona urbana del municipio, debido a la condición médica de su hija menor y la necesidad educativa de su hija mayor.

A pesar del mandato judicial, la Gobernación del Tolima trasladó a la docente a una institución rural en el corregimiento de La Marina, también en Chaparral, un territorio de difícil acceso y sin condiciones adecuadas de salud, lo que fue considerado por el juez como un incumplimiento de la orden.

“El traslado no cumple con lo requerido. En caso de una urgencia médica, sería imposible llegar a tiempo al hospital más cercano”, señala el fallo, que calificó la medida como contraria a lo ordenado judicialmente.

El abogado Germán Huartos, del sindicato SUTET-SIMATOL, explicó que ante la evidente vulneración de derechos, se solicitó el incidente de desacato, el cual fue admitido y resuelto el 8 de mayo. Además de la sanción, el juez compulsó copias a la Fiscalía por presunto fraude a resolución judicial.

Ante esta decisión, la Gobernación del Tolima se pronunció a través del Secretario de Educación, Andrés Felipe Bedoya Cárdenas.

El jefe de la cartera educativa departamental se refirió a las actuaciones adelantadas para la reubicación de una docente en Chaparral, a propósito de una acción de tutela proferida por un Juzgado Penal del Chaparral.

Al responder a una acción de tutela impetrada por una docente del municipio de Chaparral que ganó un concurso para municipios donde se ejecutan Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET),  Bedoya Cárdenas, hizo varias precisiones sobre el fallo proferido por el Juzgado Segundo Penal Municipal de ese municipio surtolimense.

“Nos enteramos a través de los medios locales de la decisión de desacato proferida  por el Juzgado Segundo Penal del municipio de Chaparral, que en  meses anteriores la había ordenado la Secretaría de Educación trasladar a una docente que se vinculó al municipio de Chaparral a través del concurso de zona PDET que le obliga al docente permanecer en la zona rural mínimo 10 años y el docente, en este caso el accionante ,concursó en esa plaza y aceptó permanecer 10 años en la ruralidad de este municipio”, expresó Bedoya.

Luego, el jefe de la cartera educativa del Tolima prosiguió explicando: “No  obstante, a través de una acción de tutela, la accionante solicitó un traslado a una zona más cercana por unas condiciones de salud que presenta su unidad familiar; en ese momento el juez segundo penal del municipio de Chaparral accedió a las pretensiones de la docente y le ordenó a la Secretaría de Educación trasladar a la docente para que quede más cerca al casco urbano del municipio de Chaparral. Si bien el juez no ordenó que fuera trasladada al casco urbano, lo que hizo la Secretaría de Educación fue acercar  a la docente a una sede educativa de la Institución Educativa Risalda para que tuviera acceso  pronto a la unidad hospitalaria del municipio de Chaparral”.

El funcionario se mostró en desacuerdo con la decisión judicial  al argumentar que la Secretaría de Educación ha hecho mucho más de lo ordenado: “Consideramos, con todo respeto, que no se ha incumplido pues vamos ordenar la reubicación de la docente en el casco urbano, una situación excepcional porque los docentes que se presentan a convocatorias PDET deben prestar su servicio en la zona rural. Sin embargo, vamos a ubicar a la docente en el casco urbano en la institución educativa Nuestra Señora del Rosario del municipio de Chaparral. Muy pronto será notificada la resolución a la docente”.

Andrés Felipe Bedoya recalcó que  “es importante que sepa la comunidad en general que un docente que concursa en una plaza de zona de posconflicto debe quedarse en la zona PDET, mínimo 10 años, pues la garantía de este concurso especial demanda que la prestación del servicio de los niños niñas y adolescentes de la zona rural se cubra a través de este tipo de concursos. Por esto, esta es una situación excepcional y  dada la orden judicial de desacato la atenderemos;  pese a que no haya sido todavía comunicada oficialmente”.

ElCorrillo.Co

Profesional en comunicación social