Las horas nocturnas se pagarán desde las 7:00 de la noche y los dominicales al 100% de forma gradual.
El debate estuvo acompañado de acusaciones sobre la existencia de un supuesto acuerdo entre el Gobierno y los senadores para agilizar la aprobación de los artículos más complejos. Sin embargo, Antonio Sanguino, ministro de Trabajo, negó la existencia de tal acuerdo, afirmando que solo se habían discutido fórmulas preliminares que requerían la aprobación de las bancadas y del presidente de la República. “Es irresponsable acusar al presidente de querer violar un acuerdo que no se ha celebrado”, declaró Sanguino en la plenaria.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, celebró que este proyecto haya salido adelante. “Lo que ha sucedido hoy con la reforma laboral es un legado inédito, como nunca antes había pasado en la historia del país. Hoy los sindicalistas, la clase trabajadora, la clase obrera, todos los que trabajan van a tener un empleo digno y decente, y es gracias a este gobierno. Lo que ha pasado hoy no había pasado en 100 años de historia laboral”, manifestó.
La iniciativa incluyó puntos polémicos como el pago de las horas nocturnas a partir de las 7:00 de la noche, medida que cobijará a todas las empresas, grandes, medianas, pequeñas y micro.
También aprobó el artículo que reconoce el pago de dominicales y festivos al 100%, medida que se aplicará de manera gradual: en el 2025 se aumentará al 80%, en el 2026 al 90% y en el 2027 al 100%.
Uno de los artículos más polémicos que logró ser aprobado durante el último debate de la reforma laboral, es el que tiene que ver con el contrato de aprendizaje para estudiantes del SENA. Según el ministro del Interior, Armando Benedetti, estos jóvenes “tendrán contrato laboral, prestaciones, ARL, salud, pensiones y vacaciones”.
Aprobado el artículo 74
Otro artículo relevante aprobado fue el 74, que busca formalizar a los manipuladores del Programa de Alimentación Escolar (PAE), en su mayoría madres comunitarias. Según explicó el senador ponente Juan Felipe Lemos, este artículo garantiza que estas trabajadoras sean contratadas como empleadas oficiales de manera progresiva, sujeto a la disponibilidad presupuestal y al Marco Fiscal de Mediano Plazo.
Artículos 62 y 25, aprobados
El artículo 62, relacionado con la protección laboral en procesos de descarbonización y transición energética, fue aprobado con 67 votos a favor y 25 en contra. Este artículo establece que el Estado y las empresas en sectores como la minería y el petróleo deberán formular planes de cierre y reconversión laboral para proteger a los trabajadores afectados por estos procesos. Entre las medidas contempladas se incluyen incentivos y mecanismos de protección laboral.
Asimismo, artículo 25, que regula la cuota de aprendizaje, también fue aprobado con modificaciones. La propuesta sustitutiva del senador Ariel Ávila establece que las empresas que no cumplan con la contratación de aprendices deberán pagar una sanción equivalente a 1,5 salarios mínimos por cada aprendiz no contratado. Además, se eliminó un parágrafo que permitía a las empresas eximirse de esta obligación bajo ciertas condiciones, argumentando que podría ser utilizado como una vía para evadir responsabilidades.
El artículo 11, aprobado con 56 votos a favor y 40 en contra, redefine las jornadas diurnas y nocturnas. La jornada nocturna comenzará a las 7:00 p. m. y terminará a las 6:00 a. m., alcanzando un punto intermedio tras debates previos. Inicialmente, el Gobierno sugería iniciar esta jornada a las 6:00 p. m., lo que generó oposición debido al aumento en costos laborales por el recargo nocturno.
De otro lado, aprobado con 69 votos a favor y 23 en contra, el artículo 15 establece un recargo del 100% por trabajo en domingos y festivos, proporcional al tiempo laborado. Este aumento se implementará gradualmente: 80% desde julio de 2025, 90% en 2026 y 100% en 2027. Asimismo, permite que empleadores y empleados pacten por escrito trasladar el día de descanso, brindando mayor flexibilidad, siempre con acuerdos mutuos.
Modificación de la Jornada Laboral
En cuanto al artículo 12, aprobado con 59 votos a favor y 33 en contra, la jornada ordinaria se limita a ocho horas diarias y 42 horas semanales, distribuibles en cinco o seis días sin afectar salarios ni días de descanso. Se incorpora flexibilidad en la distribución de horarios, permitiendo jornadas de entre 4 y 9 horas continuas bajo acuerdo, siempre dentro del límite semanal. Trabajos insalubres pueden tener reducciones adicionales, y para menores de edad se fijaron límites específicos: seis horas diarias y 30 semanales para jóvenes de 15 a 17 años, y ocho horas diarias y 40 semanales para mayores de 17.
Aprobado el artículo 77
El Senado aprobó el artículo 77 con 59 votos a favor y 32 en contra, estableciendo que la nueva ley entrará en vigor tras su promulgación. Este artículo deroga normativas incompatibles con la ley, incluyendo el literal b) del artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo. También se otorga un plazo de 30 días para que la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (o su reemplazo) ajuste la tarifa mínima regulada de servicios de vigilancia, asegurando la cobertura de las modificaciones laborales según el artículo 92 del Decreto Ley 135 de 1994.































