El Juzgado Octavo Penal del Circuito de Ibagué condenó en primera instancia al exalcalde Andrés Fabián Hurtado y al exgerente del Imdri, Alejandro Ortiz Ortiz, a 30 meses de prisión por el delito de peculado por uso. La justicia determinó que el estadio Manuel Murillo Toro fue utilizado para la celebración del cumpleaños del exmandatario en marzo de 2021.
Un fallo judicial sacudió este miércoles el escenario político de Ibagué, luego de que el Juzgado Octavo Penal del Circuito con Función de Conocimiento condenara al exalcalde Andrés Fabián Hurtado Barrera y al exgerente del Imdri, Alejandro Ortiz Ortiz, por el delito de peculado por uso.
La decisión está relacionada con los hechos ocurridos el 6 de marzo de 2021, cuando el estadio Manuel Murillo Toro, un escenario deportivo de carácter público, fue utilizado para la celebración del cumpleaños del entonces mandatario municipal. La utilización del escenario originó una investigación penal que terminó con un fallo condenatorio en primera instancia.
Durante la audiencia de lectura de sentencia, el despacho judicial impuso a ambos exfuncionarios una pena principal de 30 meses de prisión. Además, estableció una sanción accesoria de inhabilidad para ejercer funciones públicas y contratar con el Estado durante el mismo periodo.
Uno de los puntos más relevantes de la decisión fue la negativa del juzgado a conceder beneficios como la prisión domiciliaria y los subrogados penales. El juez consideró que, de acuerdo con las condiciones analizadas dentro del proceso, no estaban dadas las circunstancias jurídicas para otorgar este tipo de beneficios a los condenados.
Sin embargo, la decisión judicial todavía no está en firme, debido a que los abogados defensores de Hurtado y Ortiz anunciaron inmediatamente que apelarán la sentencia. De acuerdo con el procedimiento, las partes cuentan con cinco días hábiles para presentar por escrito y debidamente sustentados los recursos correspondientes.
La apelación será estudiada por el Tribunal Superior del Tolima, corporación que tendrá la responsabilidad de revisar el fallo emitido por el Juzgado Octavo Penal del Circuito. En esa instancia se determinará si la condena es confirmada, modificada o eventualmente revocada.
Durante la diligencia, la delegada de la Fiscalía General de la Nación solicitó que la segunda instancia sea resuelta con celeridad. Según expuso ante el juez, existe preocupación porque el proceso podría llegar a su término de prescripción en octubre, por lo que pidió evitar que eventuales demoras terminen afectando el resultado judicial.
El caso, que generó amplia controversia en Ibagué desde 2021, entra ahora en una nueva etapa procesal con la intervención del Tribunal Superior del Tolima. Mientras se define la apelación, la condena contra el exalcalde y el exgerente del Imdri permanece como una decisión de primera instancia, por lo que su responsabilidad penal todavía deberá ser revisada por el superior judicial.































